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Calendario contable-mercantil: plazos afectados por la crisis de la COVID-19

El cómputo civil de plazos se lleva a término con arreglo a los siguientes criterios: en los plazos señalados por días a contar desde uno determinado, se empieza a sumar desde el día siguiente a aquel que se señala como término inicial; si los plazos están fijados por meses, se computa de fecha a fecha. Si en el mes de vencimiento no hubiera un día equivalente, se entenderá que el plazo expira el último día del mes. En el cómputo civil no se excluyen los días inhábiles.

A continuación, se facilita el inicio y final de los principales plazos contables y mercantiles afectados por la crisis pandémica en la que hemos estado inmersos. Los días y meses referidos a planes de pensiones, hipotecas, alquileres, avales, cuentas anuales, legalización de libros, derecho de separación de socios, cooperativas, disoluciones y concursos inician su recorrido prolongando, en muchos casos, su vigencia hasta 2021.

En relación a los plazos de formulación, verificación, aprobación de las cuentas anuales 2019 nos hemos basado en la Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública a una consulta formulada por el Consejo General de Economistas de España sobre interpretación del artículo 40.3 y 40.5 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, en relación al plazo de formulación de cuentas anuales de sociedades de capital y de depósito en sociedades no cotizadas.

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